Tomar & hacer, en vez de pedir y esperar
Francisco Salamanca y Gonzalo Wilhelmi (eds.) Tomar & hacer, en vez de pedir y esperar. Autonomía y movimientos sociales. Madrid, 1985-2011 (Solidaridad Obrera, Madrid, 2012).
Reseña del libro en:
http://fraternidaduniversal.blogspot.com.es/2012/12/movimiento-autonomo-la-memoria-reciente.html
Mostrando entradas con la etiqueta movimientos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta movimientos. Mostrar todas las entradas
martes, 8 de enero de 2013
martes, 15 de septiembre de 2009
Las iniciativas individuales y su regulación. La libertad
En el anterior artículo señalábamos que las iniciativas individuales en las Declaraciones de Derechos se referían a tres derechos fundamentales. Uno de ellos era la libertad. Pues bien, la libertad consiste en un conjunto amplio de acciones individuales:
a) Libertad de movimientos:
Esta libertad comprende la disposición de la propia persona, la facultad para elegir el trabajo y el domicilio, así como la capacidad para emprender actividades económicas y contratar trabajo.
b) Libertad de expresión:
Referida a cualquier manifestación del pensamiento en los medios existentes en cada período (al principio, se refería a la libertad de imprenta, ya que los medios eran los libros y los periódicos), aunque hoy, es evidente que incluye los medios informáticos. La libertad de cátedra estaría dentro en este capítulo.
c) Libertad de conciencia:
Referida a las cuestiones de culto y religión.
d) Libertad de acción colectiva:
Se refiere a los derechos de reunión, asociación, y huelga.
A lo largo de la Historia contemporánea han ido apareciendo estos derechos. Los de acción colectiva han tardado más en aparecer, especialmente los de asociación y de huelga. La libertad de cultos ha variado mucho en cada país y en el conjunto.
a) Libertad de movimientos:
Esta libertad comprende la disposición de la propia persona, la facultad para elegir el trabajo y el domicilio, así como la capacidad para emprender actividades económicas y contratar trabajo.
b) Libertad de expresión:
Referida a cualquier manifestación del pensamiento en los medios existentes en cada período (al principio, se refería a la libertad de imprenta, ya que los medios eran los libros y los periódicos), aunque hoy, es evidente que incluye los medios informáticos. La libertad de cátedra estaría dentro en este capítulo.
c) Libertad de conciencia:
Referida a las cuestiones de culto y religión.
d) Libertad de acción colectiva:
Se refiere a los derechos de reunión, asociación, y huelga.
A lo largo de la Historia contemporánea han ido apareciendo estos derechos. Los de acción colectiva han tardado más en aparecer, especialmente los de asociación y de huelga. La libertad de cultos ha variado mucho en cada país y en el conjunto.
Etiquetas:
asociación,
cátedra,
conciencia,
culto,
derechos,
domicilio,
huelga,
iniciativas,
libertad,
movimientos,
religión,
reunión,
trabajo
Suscribirse a:
Entradas (Atom)