Mostrando entradas con la etiqueta pueblo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta pueblo. Mostrar todas las entradas

domingo, 23 de marzo de 2014

Los indios canadienses. Primera Parte

Para completar el estudio que estamos haciendo en este blog sobre las poblaciones autóctonas del Canadá, su historia, y sus derechos, iniciamos una serie de artículos que intentarán abarcar toda la cuestión en su conjunto.
Utilizamos el término de indios canadienses para referinos al pueblo indígena de Canadá que no son ni Inuit ni Métis, pero, por otro lado incluye una gran variedad de pueblos. Desde un punto de vista lingüístico podemos hablar de hasta diez familias diferentes de pueblos, desde el Algonquian con más de ciento quince mil hablantes a mediados de los años ochenta del siglo XX, hasta los Haida y Kutenai, con doscientos hablantes cada uno.
Legalmente, los indios canadienses tienen un status indio o no. Los Haida y los Kutenai, por ejemplo, por matrimonio han perdido sus derechos legales. En 1987 habría en el Canadá unas trescientas sesenta mil personas, aproximadamente, con status de indio.

sábado, 17 de agosto de 2013

El largo trauma de un pueblo andaluz

Richard Barker publicó en el año 2007 la obra, El largo trauma de un pueblo andaluz. República, represión, guerra, posguerra, en la Editorial Tréveris, en edición del Ayuntamiento de Castilleja del Campo (Sevilla), y la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.

En palabras del autor:
“la historia de un pequeño pueblo de Sevilla, relatada en gran parte por los mismos vecinos. Es extensiva por el tiempo que abarca, desde la proclamación de la II República hasta las primeras elecciones democráticas tras la muerte de Franco, pero es intensiva por el reducido espacio que examina, lo cual permite apreciar cómo la gran mayoría de los españoles vivía anónimamente las consecuencias del 18 de julio. Las declaraciones de testigos de vista, grabadas desde finales de la década de los ochenta, se complementan con documentos personales y con documentos del archivo municipal del pueblo y otros archivos de la provincia de Sevilla”.

Sobre la obra:
http://www.treveris.es/?page_id=52

jueves, 3 de enero de 2013

Historia del Primero de Mayo


Antología de textos VV.AA.
No hablaré mucho. Solamente tengo que protestar contra la pena de muerte que me imponéis, porque no he cometido crimen alguno. He sido tratado aquí como asesino y sólo se me ha probado que soy anarquista. Pues repito que protesto contra esa bárbara pena, porque no me habéis probado crimen alguno. Pero si yo he de ser ahorcado por profesar las ideas anarquistas, por mi amor a la libertad, a la igualdad y a la fraternidad, entonces no tengo nada que objetar. Si la muerte es la pena correlativa a nuestra ardiente pasión por la libertad de la especie humana, entonces, yo lo digo muy alto, disponed de mi vida. (...) Yo no he cometido en mi vida ningún crimen. Pero aquí hay un individuo que está en camino de llegar a ser un criminal y un asesino, y ese individuo es Grinnell, que ha comprado testigos falsos a fin de poder sentenciarnos a muerte. Yo lo denuncio aquí públicamente. Si creéis que con este bárbaro veredicto aniquiláis a los anarquistas y a la anarquía, estáis en un error, porque los anarquistas están dispuestos siempre a morir por sus principios, y éstos son inmortales... Este veredicto es un golpe de muerte dado a la libertad de imprenta, a la libertad de pensamiento, a la libertad de palabra, en este país. El pueblo tomará nota de ello. Es cuanto tengo que decir.
Libros de Anarres - Terramar Ediciones, Colección Utopía Libertaria. Buenos Aires 2012
280 págs. Rústica 20x12,5 cm
ISBN 9789876171342
Visto en:
http://www.lamalatesta.net/product_info.php/products_id/4572

jueves, 16 de agosto de 2012

La protesta de un pueblo


LA PROTESTA DE UN PUEBLO
Acción colectiva y organización obrera. Madrid
1901-1923
Autor: Francisco Sánchez Pérez
ISBN: 84-934759-0-4
Páginas: 426 páginas
Fecha de publicación: diciembre 2005
Formato: 17 x 24 cm
Este libro aborda la gestación, desarrollo y secuelas de un ciclo de acción colectiva de confrontación y protestas urbanas que envolvieron la ciudad de Madrid en una coyuntura histórica muy particular, la del final de la Primera Guerra Mundial y los años de la inmediata posguerra (1917-1923).
En:

jueves, 7 de junio de 2012

Lunacharski y la organización soviética de la educación y de las artes (1917-1922)


Lunacharski y la organización soviética de la educación y de las artes
(1917-1922)
es un libro de Sheila Fitzpatrick, en Siglo XXI.
Sinopsis:
Anatoli Vasílevich Lunacharski, el primer Comisario del Pueblo para la Educación, es una de las figuras más representativas de la contradicción existente en la Rusia revolucionaria entre las grandiosas aspiraciones de transformaclon social que mueven a los protagonistas de la revolución y los terribles condicionamientos bajo los que deben acometer su intento de crear una sociedad nueva. “Un bolchevique para los intelectuales, un intelectual para los bolcheviques”, Lunacharski debe enfrentarse a la incomprensión de los académicos, cuyo supuesto talante liberal se siente ofendido ante el intolerable espectáculo de una revolución popular, debe tratar de evitar que el radicalismo ingenuo e idealista de los partidarios de la proletkult conduzca a un imposible salto en el vacío en el terreno cultural. Y, sobre todo, Lunacharski debe tratar de superar las terribles condiciones materiales en que se lleva a cabo su tarea: la falta de personal cualificado, la falta de todo tipo de medios materiales... El hambre, el frío, la miseria y las destrucciones de la guerra marcan el terrible contrapunto de las ambiciosas metas que los bolcheviques se han propuesto en el terreno de la educación y de las artes: una nueva pedagogía, una enseñanza integral, un arte cuyo sujeto sea el pueblo, una cultura nueva, revolucionaria y de masas. Obteniendo su principal apoyo político de la colaboración de Krúpskaia, la esposa de Lenin, y llevado siempre al borde de la catástrofe por un incorregible idealismo, Lunacharski lucharía durante cuatro años por llevar a cabo una política cultural revolucionaria. Derrotada esta política casi en todos los frentes ya en 1921, sigue siendo un mérito singular del Comisariado del Pueblo para la Educación y de quienes como Lunacharski y Lenin protagonizaron sus esfuerzos el que esta política fuera formulada y parcialmente puesta en práctica en un período de terror, guerra civil y miseria. En este sentido, la historia de los primeros cuatro años del Comisariado de Educación permite comprender con excepcional profundidad los primeros años de la Revolución rusa. Sheila Fitzpatrick es doctor por la Universidad de Oxford. Este libro sintetiza las investigaciones por ella realizadas en Oxford y Moscú durante la preparación de su tesis.
En:

domingo, 31 de octubre de 2010

Decreto de colectivizaciones en Cataluña. 24 de octubre de 1936

«La criminal sublevación militar del 19 de Julio, ha producido un trastorno extraordinario a la economía del país. El Consejo de la Generalidad tiene que atender a la reconstrucción de los estragos que han causado a la industria y al comercio de Cataluña, la traición de los que intentaron imponer a nuestro país, un régimen de fuerza.

La reacción popular producida por aquella sublevación ha sido de tal intensidad, que ha provocado una profunda transformación económico-social, los fundamentos de la cual se están asentando en Cataluña. La acumulación de riquezas en manos de un grupo de personas cada vez mas restringido, iba seguida de la acumulación de miseria en la clase trabajadora y por el hecho que aquel grupo, para salvar sus privilegios, no dudó en provocar una cruenta guerra, la victoria del pueblo equivaldrá a la muerte del capitalismo.

Es necesario ahora, pues, organizar la producción, orientarla en el sentido de que el único beneficiario sea la colectividad, el trabajador, al cual corresponderá la función directiva del nuevo orden social. Se impone la supresión del concepto de la renta que no proceda del trabajo.

El principio de la organización económico-social de la gran industria tiene que ser la producción colectivizada.

La sustitución de la propiedad individual por la colectiva la concibe el Consejo de la Generalidad, colectivizando los bienes de la gran empresa, es decir, el capital, y dejando que subsista la propiedad privada de los bienes de consumo y de la pequeña industria.

El esfuerzo revolucionario de la clase trabajadora levantándose en armas para aplastar el fascismo, plantea este cambio en la estructura económica y social que hasta poco era mantenida. Uno de los problemas fundamentales que plantea este cambio de situación es el de la organización del trabajo, que debe articular las fuentes de riqueza y ordenar su distribución en concordancia con las necesidades sociales.

Después del 19 de Julio, la burguesía declaradamente fascista desertó de sus puestos, la mayoría ha huido al extranjero; una minoría ha desaparecido. Las empresas industriales afectadas no podían quedar sin dirección y los obreros decidieron intervenirlas, creando comités obreros de control. El Consejo de la Generalidad tuvo que sancionar y encauzar lo que espontáneamente realizaban los obreros.

Por la situación en que se encontraban algunas de ellas, los obreros, para salvar sus propios intereses, se vieron obligados a proceder a su incautación, creándose así la necesidad de la colectivización de las industrias. El Consejo de Economía, atento a los anhelos de la clase trabajadora y cumpliendo el programa que de antemano habíase señalado, recoge sus palpitaciones y orienta el conjunto de la vida de Cataluña, de acuerdo con la voluntad de los trabajadores.

Mas la colectivización de las empresas significaría poco si no se ayudaba su desenvolvimiento y pujanza. A tal efecto se ha encargado al Consejo de Economía el estudio de las normas básicas para proceder a la constitución de una Caja de Crédito Industrial y Comercial que proporcione el apoyo financiero a las empresas colectivizadas y para que agrupe nuestra industria en grandes concentraciones que aseguren el máximo rendimiento y posibiliten las mejores transacciones a nuestro comercio exterior. Se están también realizando los estudios necesarios para la creación de un organismo de investigación y asesoramiento técnico que proporcione a la industria mayor eficacia y progreso.

Atendidas las consideraciones precedentes y visto el informe del - 20 - Consejo de Economía, a propuesta del Consejero de Economía y de acuerdo con el Consejo, Decreto : Articulo 1°. - De acuerdo con las normas que dan establecidas en el presente decreto, las empresas industriales y comerciales de Cataluña se clasifica en:

a) Empresas colectivizadas, en las cuales la responsabilidad de la dirección recae en los propios obreros que las integran, representados por un Consejo de Empresa.

b) Empresas Privadas, en las cuales la dirección va a cargo del propietario o gerente con la colaboración y fiscalización del Comité de Control […].


Barcelona 24 de octubre de 1936. El Consejero Primero, Josep Tarradellas. El Consejero de Economía, Joan P. Fábregas”


-----------------------

Consultado en:

http://sauce.pntic.mec.es/~prul0001/Textos/Texto%2012%20tema%20XIV.pdf

viernes, 20 de agosto de 2010

Demagogia

En Atenas, la demagogia se consideraba como la forma de conducir al pueblo. El demagogo era el político que conseguía que se votaran favorablemente sus propuestas en las asambleas, ya que tenía la capacidad de la demagogia. Este sería el aspecto positivo del concepto, pero, también tiene uno negativo que es el que más nos ha llegado. Se trataría de la capacidad de engañar al pueblo con técnicas persuasivas de dudosa legitimidad. También, se asimila al concepto de populismo, como práctica política que pretende, aparentemente, atender los intereses del pueblo.

viernes, 21 de mayo de 2010

Indispensable

"Yo espero que las realidades alcanzadas y las que todavía hemos de conseguir acabarán por convencer a todos y, cuando llegue el momento en que mi vida se extinga, o por disminución de mis facultades se haga necesaria la sucesión, acabéis no considerándome como indispensable"

(En unas declaraciones de Franco a "Pueblo", en mayo de 1959)

Este es un ejemplo más del alto concepto que se tenía personalmente Franco, un gobernante indispensable para España, además de rezumar un claro paternalismo.

viernes, 2 de abril de 2010

Nacionalismo vasco. Tercera parte

En 1895 se crea el PNV en Bilbao. Sabino Arana populariza un nuevo nombre para la patria vasca, Euzkadi, una bandera propia y propuso un lema para el partido: "Dios y ley antigua". El nacionalismo vasco se impregnó de un fuerte contenido católico y de defensa de la tradición. Se pretendía impulsar la lengua y costumbres vascas, defendiendo la pureza racial del pueblo vasco, como ya apuntábamos en el artículo anterior.
En un principio el Partido Nacionalista Vasco se declaró como independentista pero esta posición fue evolucionando hacia el autonomismo. A la muerte de Arana se producen disensiones en el seno del nacionalismo. Siempre ha habido dos grandes posturas en su seno, una más autonomista y otra más independentista. A pesar de esas discrepancias hay un evidente crecimiento electoral del partido a comienzos del siglo XX. El principal rival electoral será el carlismo que defendía la vuelta de los fueros. En Navarra el carlismo era un serio competidor.

viernes, 12 de marzo de 2010

El incendio de la Fábrica de los Bonaplata, visto por Pi Arimón

En este artículo se incluye la visión que Andrés Pi Arimón tuvo del incendio de la fábrica de los Bonaplata, que vimos en otro artículo sobre el ludismo en España, y que se recoge en su obra, Barcelona antigua y moderna:
"Una multitud de marineros y gitanos que recorrían tumultosamente la ciudad, armados con fusiles, sables y puñales, con una bandera negra y un tambor batiente, llevando tras de si innumerables agitadores de la población, atacaron de noche la fábrica de Bonaplata; y la incendiario, provocando la execración de los hombres de todos los partidos: este atentado vandálico no fue cometido por los autores de la revolución, sino por un reducido número de hombres rechazados por el pueblo, los cuales eran instigados opr los malvados que, por envidia o por interés particular, miraban con malos ojos, aquel avance de la industria catalana, primer ensayo de las fábricas de vapor."

(El texto aparece en la obra de Jaume Carrera Pujal, Historia política de Cataluña en el siglo XIX, 1957)

sábado, 6 de febrero de 2010

Sionismo. Primera Parte

El sionismo es un movimiento ideológico y político que propone un nexo de unión entre el pueblo judío disperso por el mundo y Sión, el símbolo de unión de este pueblo. Recordemos que Sión es el nombre de la fortaleza que defendía Jerusalén.

El sionismo surge en Europña a mediados del siglo XIX. En cierta medida, el sionismo incorpora muchos aspectos del nacionalismo, ideología o conjunto de ideas que estaba en pleno auge en Occidente en ese momento. El sionismo es fundado por el ciudadano judío nacido en Budapest, T. Herzl (1860-1904). Sus ideas se recogen con su obra fundamental, El Estado Judío, publicada en 1895. En 1897 fundó el diario "Die Welt". Reunió en Basilea el primer Congreso Sionista en ese mismo año, donde nació la Organización Sionista Internacional. También creó la Banca Nacional Judía y el Fondo Nacional Judío para la compra de tierras en Palestina.

miércoles, 27 de enero de 2010

El bonapartismo

El bonapartismo es un sistema político o un conjunto de ideas que, aunque se basa en la forma de gobernar de Napoleón, es con su sobrino Napoleón III cuando se cristaliza. Se trata de una especie de sistema de dictadura popular. No es una monarquía absoluta, sino una especie de monarquía o pseudomonarquía donde se reconoce la soberanía del pueblo, aunque no se trate de una monarquía constitucional. Se invoca, constantemente, al pueblo, a la voluntad popular, a través de los plebiscitos, fácilmente manipulables.

miércoles, 25 de noviembre de 2009

El imperialismo en el fascismo

El fascismo tiene un evidente componente imperialista. El fascismo nace de un nacionalismo de vencidos, de revancha. De ese nacionalismo herido se pasa al imperialismo con mucha facilidad. La nación encontraría su horizonte en la formación de un imperio, de un espacio vital, ya que un pueblo superior (recordemos el concepto de desigualdad en el fascismo) tiene derecho a disponer de un espacio para realizarse, ya sea el centro y este de Europa para el nazismo, ya sea África para el fascismo italiano. Al tener derecho a ese espacio y a conquistarlo se vulneraría el derecho internacional.

lunes, 26 de octubre de 2009

En nacionalismo en siglo XIX

El siglo XIX ha sido considerado la edad o el siglo de los nacionalismos por varias razones:
1. Nace el concepto moderno de nación como respuesta a la legitimidad de los estados tradicionales, del Antiguo Régimen, de la Monarquía Absoluta.
2. Por el nacimiento de nuevas naciones como Alemania, Italia, Grecia, o Bélgica entre otros.
3. Porque al final de siglo una serie de comunidades socioculturales de naciones sin Estado inician su lucha para conseguirlo.
Durante este siglo de los nacionalismos persisten cuatro criterios distintos pero complementarios sobre lo que se consideraba una nación:
1. Como entidad política que se identifica con el Estado.
2. Como unidad geográfica que se delimita con unas fronteras naturales y que se identifica con los habitantes de dicho territorio.
3. Como voluntad del pueblo consciente de su identidad común, y manifestada en una acción política colectiva racional.
4. Como la distinción de un pueblo sobre la base de alguna característica como la lengua, la etnia, la religión, el pasado histórico compartido, etc..
Estas cuatro grandes interpretaciones convierten al nacionalismo (ya hemos dicho algo en otros mensajes) en un fenómeno harto complejo, usándose para satisfacer políticas o reinvindicaciones contradictorias. La persistencia futura del nacionalismo se basa en que el concepto ideal de nación no se ha alcanzado, ni se alcance, seguramente. Esa nación ideal reuniría esos cuatro elementos que hemos expuesto.

lunes, 19 de octubre de 2009

El nacionalismo esencialista

El segundo modelo de nación o de nacionalismo viene en el primer tercio del siglo XIX del pensamiento alemán, con vinculaciones con el Romanticismo, como reacción a lo que se consideraba los "abusos de la razón" del pensamiento ilustrado y liberal de Francia.
Los principales teóricos de este nuevo nacionalismo serían Fichte, Schlegel, Burke y, especialmente, Herder. La nación se convierte en una realidad independiente de los individuos, todo lo contrario que hemos visto en el nacionalismo liberal voluntarista.
Frente a la soberanía nacional se contrapone el espíritu del pueblo o el Volkgeist, que alentaría la vida propia de la nación que, como hemos señalado, es una entidad autónoma con destino propio y, por ello, completamente distinto al destino de otras naciones.
Se identfica la comunidad política como una totalidad cultural, que a su vez tiene una esencia ancestral imperecedera. No es fruto de un acto de voluntad sino que existe por la tradición, por la historia, en un pasado intemporal de una comunidad de lengua, raza y religión comunes.
Esta idea de la nación aportó los siguientes elementos identificadores:
1. El particularismo o hecho diferencial.2. La cultura y el idioma son fundamentales para entender una nación.3. La historia se convierte en la prueba de la existencia secular de la nación.4. La religión identifica frente al exterior.5. La raza hace que se eleve el particularismo de la nación a una categoría biológica.
Así pues, la pertenencia a una nación no se basa en la racional y libre aceptación de unos principios constitucionales en un acto de voluntad, sino en el arraigo de una naturalidad. Uno nace en una determinada nacionalidad.
Este nacionalismo es el que impregnaría el movimiento de Unificación alemana

jueves, 3 de septiembre de 2009

La Declaración de Derechos de Virginia

La Declaración de Derechos de Virginia:

DECLARACIÓN DE DERECHOS DE VIRGINIA DEL 12 DE JUNIO DE 1776
1. Que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y tienen ciertos derechos inherentes, de los cuales, cuando entran en un estado de sociedad, no pueden ser privados o postergados; en esencia, el gozo de la vida y la libertad, junto a los medios de adquirir y poseer propiedades, y la búsqueda y obtención de la felicidad y la seguridad.
2. Que todo poder reside en el pueblo, y, en consecuencia, deriva de él; que los magistrados son sus administradores v sirvientes, en todo momento responsables ante el pueblo.
3. Que el gobierno es, o debiera ser, instituido para el bien común, la protección y seguridad del pueblo, nación o comunidad; de todos los modos y formas de gobierno, el mejor es el capaz de producir el máximo grado de felicidad y seguridad, y es el más eficazmente protegido contra el peligro de la mala administración; y que cuando cualquier gobierno sea considerado inadecuado, o contrario a estos propósitos, una mayoría de la comunidad tiene el derecho indudable, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo, de la manera que más satisfaga el bien común.
4. Que ningún hombre, o grupo de hombres, tienen derecho a emolumentos exclusivos o privilegiados de la comunidad, sino en consideración a servicios públicos, los cuales, al no ser hereditarios, se contraponen a que los cargos de magistrado, legislador o juez, lo sean.
5. Que los poderes legislativo y ejecutivo del estado deben ser separados y distintos del judicial; que a los miembros de los dos primeros les sea evitado el ejercicio de la opresión a base de hacerles sentir las cargas del pueblo v de hacerles participar en ellas; para ello debieran, en períodos fijados, ser reducidos a un estado civil, devueltos a ese cuerpo del que originalmente fueron sacados; y que las vacantes se cubran por medio de elecciones frecuentes, fijas y periódicas, en las cuales, todos, o cualquier parte de los exmiembros, sean de vuelta elegibles, o inelegibles, según dicten las leyes.
6. Que las elecciones de los miembros que servirán como representantes del pueblo en asamblea, deben ser libres; que todos los hombres que tengan suficiente evidencia de un permanente interés común y vinculación con la comunidad, tengan derecho al sufragio, y no se les puede imponer cargas fiscales a sus propiedades ni desposeerles de esas propiedades, para destinarlas a uso público, sin su propio consentimiento, o el de sus representantes así elegidos, ni estar obligados por ninguna ley que ellos, de la misma manera, no hayan aprobado en aras del bien común.
7. Que todo poder de suspender leyes, o la ejecutoria de las leyes, por cualesquiera autoridad, sin consentimiento de los representantes del pueblo, es injurioso para sus derechos, y no se debe ejercer.
8. Que en todo juicio capital o criminal, un hombre tiene derecho a exigir la causa y naturaleza de la acusación, a ser confrontado con los acusadores y testigos, a solicitar pruebas a su favor, y a un juicio rápido por un jurado imparcial de su vecindad, sin cuyo consentimiento unánime, no puede ser declarado culpable; ni tampoco se le puede obligar a presentar pruebas contra sí mismo; que ningún hombre sea privado de su libertad, salvo por la ley de la tierra o el juicio de sus pares.
9. Que no se requieran fianzas excesivas, ni se impongan, ni se dicten castigos crueles o anormales.
10. Que las ordenes judiciales, por medio de las cuales un funcionario o agente puede allanar un sitio sospechoso sin prueba de hecho cometido, o arrestar a cualquier persona o personas no mencionadas, o cuyo delito no está especialmente descrito o probado, son opresivas y crueles, y no deben ser extendidas.
11. Que en controversias sobre la propiedad, y en conflictos entre hombre y hombre, es preferible el antiguo juicio con jurado a cualquier otro, y debe considerarse sagrado.
12. Que la libertad de prensa es uno de grandes baluartes de la libertad, y que jamás puede restringirla un gobierno despótico.
13. Que una milicia bien regulada, compuesta del cuerpo del pueblo entrenado para las armas, es la defensa apropiada, natural y segura de un estado libre; que en tiempos de paz, los ejércitos permanentes deben evitarse por peligrosos para la libertad; y que en todos los casos, los militares deben subordinarse estrictamente al poder civil, y ser gobernados por el mismo.
14. Que el pueblo tiene derecho a un gobierno uniforme; y, en consecuencia, no se debe nombrar o establecer ningún gobierno separado o independiente del gobierno de Virginia, dentro de sus límites.
15. Que ningún gobierno libre, o las bendiciones de la libertad, pueden ser conservados por ningún pueblo, sino con una firme adhesión a la justicia, moderación, templanza, frugalidad y virtud, y con una frecuente vuelta a los principios fundamentales.
16. Que la religión, o las obligaciones que tenemos con nuestro CREADOR, y la manera de cumplirlas, sólo pueden estar dirigidas por la razón y la convicción, no por la fuerza o la violencia; y, por tanto, todos los hombres tienen idéntico derecho al libre ejercicio de la religión, según los dictados de la conciencia; y que es deber mutuo de todos el practicar la indulgencia, el amor y la caridad cristianas.
http://www.fmmeducacion.com.ar/Historia/Documentoshist/1776declavirginia.htm