TÍTULO V
De las facultades correspondientes a los Poderes públicos de la Federación
[Art. sin enumerar]. 1ª. Relaciones exteriores.
2ª. Tratados de paz y de comercio.
3ª. Declaración de guerra exterior, que será siempre objeto de una ley.
4ª Arreglo de las cuestiones territoriales y de las competentes entre los Estados.
5ª. Conservación de la unidad y de la integridad nacional.
6ª. Fuerzas de mar y tierra y nombramiento de todos sus jefes.
7ª. Correos.
8ª. Telégrafos.
9ª. Ferrocarriles, caminos generales, medios oficiales de comunicación marítima y terrestre y obras públicas de interés nacional.
10. Deuda nacional.
11. Empréstitos nacionales.
12. Contribuciones y rentas que sean necesarios para el mantenimiento de los servicios federales.
13. Gobierno de los territorios y colonias.
14. Envío de delegados a los Estados para la percepción de los tributos y el mando de las fuerzas militares encargadas de velar por el cumplimiento de las leyes federales.
15. Códigos generales.
16. Unidad de moneda, pesos y medidas.
17. Aduanas y aranceles.
18. Sanidad, iluminación de las costas, navegación.
19. Montes y minas, canales generales de riego.
20. Establecimiento de una universidad federal y de cuatro escuelas normales superiores de agricultura, artes y oficios en los cuatro puntos de la Federación que se determinen por una ley.
21. Los bienes y derechos de la Nación.
22. Conservación del orden público y declaración de estado de guerra civil.
23. Restablecimiento de la ley por medio de la fuerza y cuando un motín o una sublevación comprometan los intereses y derechos generales de la sociedad en cualquier punto de la Federación
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