lunes, 26 de abril de 2010

El Proyecto de Constitución Federal. Segunda Parte

TÍTULO I
DE LA NACIÓN ESPAÑOLA


Art. 1º. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas. Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según sus necesidades territoriales.
Art. 2º. Las islas Filipinas, de Fernando Poo, Annobón, Corisco, y los establecimientos de África, componen territorios que, a medida de sus progresos, se elevarán a Estados por los poderes públicos.
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Como vemos, por la Constitución Federal España se organizaría en una serie de estados, los referidos en el artículo primero. También, interesa comprobar que se establece la posibilidad de modificar las provincias existentes dentro de estos Estados. Por último, también se estipula la posibilidad de que los territorios coloniales africanos pudieran ser en el futuro Estados.

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