Enric Prat de la Riba es uno de los personajes más importantes de la historia del catalanismo, como de la propia Cataluña. Nació en 1870 en Castellterçol. A sus once años marchó a estudiar el bachillerato a Barcelona para, luego, estudiar derecho. Se doctoró con la tesis La ley jurídica de la industria (1894). Ingresó en el Centre Escolar Catalanista en el año 1887, mientras estudiaba. Será el presidente de dicha entidad entre 1890 y 1891. Desde esta entidad avanzará su concepción nacionalista. En 1891 fue elegido secretario de la Unió Catalanista y participará, activamente, en la asamblea que redactó y aprobó las Bases de Manresa al año siguiente, aunque fue muy crítico con la imprecisión establecida en relación con las esferas de competencias entre el Estado y Catalunya. Prat de la Riba se convirtió en un activo defensor de la politización del catalanismo superando lo estrictamente cultural. Colaborará en “La Renixensa”. En 1894 recibió un premio del Centre Català de Sabadell por Compendi de doctrina catalanista, obra presentada en colaboración con Pere Muntanyola. A partir de 1895 y por indicación de Planas i Casals se encarga de la Revista Jurídica de Cataluña, de la que será su redactor jefe, además de publicar durante cuatro años las Misceláneas Jurídicas, donde se compendiarán las fuentes internacionales que servirán para inspirar el catalanismo político. En 1896 es elegido secretario del Ateneu Barcelonés con Valentí Almirall como presidente. De esa época es su obra El fet de la nacionalitat catalana. En plena guerra de Cuba se dedicará a la agitación catalanista con su Misatge a S.M. Jordi I, el rei dels Helens (1897) y La question catalane (1898). Al considerar insuficientes las entidades tradicionales del catalanismo decidirá ingresar en el Centre Nacional Català y, desde enero de 1899, va a tutelar la conversión de “La Veu de Catalunya” en diario. Desde abril de 1901 se convertirá en el líder de la Lliga Regionalista. Pero entre 1902 y 1904, a causa de estancia en la cárcel y una estancia en un sanatorio francés, estará apartado de la vida política activa. Prat de la Riba sufría la enfermedad de Basedow, que al final terminaría con su vida.
En pleno desarrollo de la Solidaritat Catalana, en mayo de 1906 publica La nacionalitat catalana, un libro breve pero fundamental al considerarse una de las obras teóricas más importantes del catalanismo. Un año antes había sido elegido miembro de la Diputación de Barcelona, organismo que pasará a presidir a partir de 1907 y, también en 1909, 1911, 1913 y 1917. En esta responsabilidad se destacará por un intensa actividad, como reflejará en sus sucesivas Memòries presidencials, así como de coordinación de personas y organismos, virtud que le convertirá en un moderno “seny ordenador de Catalunya” en expresión de Eugeni d’Ors. Tuvo especial preocupación por la política social con la creación del Museu Social y la Casa de Maternitat. En el terreno educativo creó la Escola Industrial, la Escola de Bibliotecàries, la Escola de Mestres y la de Art Dràmatic. En cuanto a las infraestructuras impulsará una red de caminos y ferrocarriles secundarios, así como la extensión del servicio telefónico y de telégrafos. La política cultural desarrollada por Prat de la Riba se centró en la creación del Institut d’Estudis Catalans, que se encargó de la normalización lingüística del catalán, de la Biblioteca Nacional de Catalunya y de la concepción de una Comissió d’Educació Nacional, que tendría como misión la elevación del nivel cultural de los catalanes. Por fin, no podemos dejar de mencionar la creación de la Escola d’Administració.
En 1913 se consiguió la aprobación y creación de la Mancomunitat de Catalunya, inaugurada oficialmente el 6 de abril de 1914. Bajo su presidencia y de la de su sucesor Puig i Cadafalch, permitirá la consolidación y la extensión de toda esta obra mencionada.
Prat de la Riba defendió, como Cambó, la intervención del catalanismo en la política española con la redacción del manifiesto Per Catalunya i per l’Espanya Gran de 1916. Prat de la Riba fallecería al año siguiente.
Además de las obras mencionadas debemos destacar las siguientes: Història de la Nació Catalana (s.f.), Per la llengua catalana (1918), Nacionalisme. Textos extrets del seus llibres, escrits i discursos (1918), Articles (1934), El pensament social d’Enric Prat de la Riba exposat per ell mateix (1971), Enric Prat de la Riba, propulsor de la llengua i la cultura. Articles i parlaments (1974), y La Nació i l’Estat. Escrits de joventut.
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domingo, 13 de marzo de 2011
viernes, 4 de marzo de 2011
Unió Catalanista
La Unió Catalanista fue una entidad de carácter político constituida en Barcelona en febrero de 1891 con la voluntad de estructurar y guiar el catalanismo. Surgirá de la campaña inspirada por Narcís Verdaguer i Callis en defensa del derecho catalán. Agrupaba a asociaciones, periódicos y personalidades. En marzo de 1892 celebró su primera asamblea en Manresa donde se aprobaron las Bases de Manresa, de las que nos hemos ocupado en otro artículo en este blog. Posteriormente, celebró asambleas para discutir cuestiones concretas: Reus, Balaguer, Olot, Girona, Terrasa, Barcelona y Tarragona. En el seno de la Unió se fueron perfilando dos tendencias: una apolítica, aglutinada en lo que supuso La Renaixença, y otra política, con hombres como Enric Prat de la Riba, Carner, F. Cambó, y que abandonaron la Unió, en torno a 1899, para formar el Centre Nacional Català. La Unió estaba dirigida por una junta permanente. Tenía pocos militantes pero una amplia difusión geográfica y popular por Cataluña. Emitía sellos y monedas alegóricas a la “pàtria catalana”, tenía una bandera y un himno compuesto por Joan Maragall y Enric Morera. La Unió representó, al principio, un catalanismo romántico y conservador pero con en el tránsito al nuevo siglo, aglutinará sectores más radicales y que reclamaban alianzas o contactos con el movimiento obrero, especialmente con la presidencia de Martí i Julià. En marzo de 1897 publica un manifiesto catalanista y autonomista que fue incorporado en la cabecera de los periódicos adheridos a la Unió bajo el lema “volem” (“La Renaixença”, “La Nació Catalana”, “Llevant”, “La Devantera”, “La Tralla”, “Progrés”, “Catalunya”, etc... Participó en la Solidaritat Catalana y apoyó al independentismo cubano. Sus presidentes más destacados fueron: Ll. Domènech i Montaner (1892), J.J. Permanyer (1893), Á. Guimerà (1894), A. Gallissà (1898) y D. Martí i Julià. Posteriormente a la presidencia de éste último la Unió fue decayendo.
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miércoles, 2 de marzo de 2011
Centre Escolar Catalanista
El Centre Escolar Catalanista fue una institución fundada en Barcelona en octubre de 1886 por estudiantes universitarios vinculados al Centre Català. Inicialmente será presidido por Martí Roger. En 1887 muchos de sus miembros ingresarán en la recién creada Lliga de Catalunya, nacida de la escisión del Centre Català. En 1892 se adhirió a la Unió Catalanista y participará en la elaboración de las Bases de Manresa, que hemos estudiado en su momento. En 1901 desaparecerá al constituirse la Lliga Regionalista en la que se integrará. Entre sus miembros destacarán personalidades como Enric Prat de la Riba, Josep Puig i Cadafalch, Lluís Duran i Ventosa, Narcís Verdaguer i Callís y Francesc Cambó.
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martes, 23 de marzo de 2010
Catalanismo. Segunda Parte. Las Bases de Manresa
Entre los días 25 y 27 de marzo de 1892 en Manresa la Unió Catalanista organizó una asamblea de delegados con el fin de elaborar el programa político de la entidad. El resultado fueron las Bases per la Constitució Regional Catalana, más conocidas como las Bases de Manresa. El presidente de la asamblea fue Lluís Domènech i Montaner, actuando como secretarios Enric Prat de la Riba y Josep Soler i Palet. Las Bases tenían una inspiración federal y un origen en las antiguas leyes o libertades catalanas previas a 1714.
LAS BASES DE MANRESA
Poder central
Base 1a. Sus atribuciones.
a. Las relaciones internacionales.
b. El ejército de mar y tierra, las obras de defensa y la enseñanza militar.
c. Las relaciones económicas de España con los aranceles y el ramo de Aduanas.
d. La construcción, y conservación de carreteras, ferrocarriles, canales y puertos que sean de interés general....
e. La resolución de todas las cuestiones y conflictos interregionales
f. La formación del presupuesto anual de gastos.
Poder regional
Base 3 a. La lengua catalana será la única que, con carácter oficial, podrá utilizarse en Cataluña y en las relaciones de esta región con el Poder Central.
Base 4 a. Sólo los catalanes, lo sean por nacimiento o por virtud de naturalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos, incluso tratándose de gobernativos y administrativos que dependan del Poder central. También deberán ser ejercidos por catalanes los cargos militares que comporten jurisdicción.
Base 5a. La división territorial sobre la que se desarrolla la gradación jerárquica de los Poderes gubernativos, administrativos y judiciales, tendrá por fundamento la comarca natural y el municipio.
Base 6a. Cataluña será la única soberana de su gobierno interior. Por lo tanto, dictará libremente sus leyes orgánicas; cuidará de su legislación civil, penal, mercantil, administrativa y procesal; del establecimiento y percepción de impuestos; de la acuñación de moneda, y tendrá todas las demás atribuciones inherentes a la soberanía que no correspondan al Poder central, según la Base 1".
Base 7 a. El Poder legislativo Regional radicará en las Cortes Catalanas, que deberán reunirse todos los años en época determinada y en lugar diferente. Las Cortes serán formadas por sufragio de todos los cabezas de familia agrupados en clases fundadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las carreras profesionales y en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial en lo que sea posible.
Base 8 a. El Poder judicial se organizará restableciendo la antigua Audiencia de Cataluña. Su presidente y vicepresidentes, nombrados por las Cortes, constituirán la suprema autoridad judicial de la Región, y se establecerán los Tribunales inferiores que sean necesarios, debiendo ser fallados en un período de tiempo determinado, y en última instancia dentro de Cataluña, todos los pleitos y causas.Se organizarán jurisdicciones especiales como la industrial y la del comercio. Los funcionarios del orden judicial serán responsables.
Base 9". Ejercerán el Poder ejecutivo cinco o siete altos funcionarios nombrados por las Cortes, los cuales estarán al frente
de las diversas ramas de la administración regional.
Base 13". La conservación del orden público y seguridad interiores de Cataluña serán confiadas al sometent, y para el servicio activo permanente se creará un cuerpo semejante al de los Mossos d'Esquadra o de la Guardia Civil. Todas esas fuerzas dependerán por entero del Poder regional.
Base 15". La enseñanza pública, en sus diferentes ramas y grados, tendrá que organizarse de una manera adecuada a las necesidades y carácter de la civilización de Cataluña.
La enseñanza primaria será sufragada por el municipio, y, en su defecto, por la comarca; en cada una de ellas, según sea su carácter agrícola, industrial, comercial, etc., deberán establecerse escuelas prácticas de agricultura, de artes y oficios, de comercio, etc. Deberá informar de los planes de enseñanza, el principio de división y especialización de las carreras, evitando la enseñanza enciclopédica.
Base 16". La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes estarán bajo la salvaguarda del Poder ejecutivo catalán, y cualquier ciudadano podrá interponer demanda ante los tribunales contra los funcionarios que la infringieren.
Manresa, 27 de marzo 1892. - El Presidente,
Lluís DOMÉNECH I MONTANER. - Los secretarios, Enric PRAT DE LA RIBA, Josep SOLER I PALET.
Sacadas del siguiente enlace: http://www.paraprofesores.com/Historia%20segundo%20bachillerato/Textos/2003%202004/Bases%20de%20Manresa.pdf
LAS BASES DE MANRESA
Poder central
Base 1a. Sus atribuciones.
a. Las relaciones internacionales.
b. El ejército de mar y tierra, las obras de defensa y la enseñanza militar.
c. Las relaciones económicas de España con los aranceles y el ramo de Aduanas.
d. La construcción, y conservación de carreteras, ferrocarriles, canales y puertos que sean de interés general....
e. La resolución de todas las cuestiones y conflictos interregionales
f. La formación del presupuesto anual de gastos.
Poder regional
Base 3 a. La lengua catalana será la única que, con carácter oficial, podrá utilizarse en Cataluña y en las relaciones de esta región con el Poder Central.
Base 4 a. Sólo los catalanes, lo sean por nacimiento o por virtud de naturalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos, incluso tratándose de gobernativos y administrativos que dependan del Poder central. También deberán ser ejercidos por catalanes los cargos militares que comporten jurisdicción.
Base 5a. La división territorial sobre la que se desarrolla la gradación jerárquica de los Poderes gubernativos, administrativos y judiciales, tendrá por fundamento la comarca natural y el municipio.
Base 6a. Cataluña será la única soberana de su gobierno interior. Por lo tanto, dictará libremente sus leyes orgánicas; cuidará de su legislación civil, penal, mercantil, administrativa y procesal; del establecimiento y percepción de impuestos; de la acuñación de moneda, y tendrá todas las demás atribuciones inherentes a la soberanía que no correspondan al Poder central, según la Base 1".
Base 7 a. El Poder legislativo Regional radicará en las Cortes Catalanas, que deberán reunirse todos los años en época determinada y en lugar diferente. Las Cortes serán formadas por sufragio de todos los cabezas de familia agrupados en clases fundadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las carreras profesionales y en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial en lo que sea posible.
Base 8 a. El Poder judicial se organizará restableciendo la antigua Audiencia de Cataluña. Su presidente y vicepresidentes, nombrados por las Cortes, constituirán la suprema autoridad judicial de la Región, y se establecerán los Tribunales inferiores que sean necesarios, debiendo ser fallados en un período de tiempo determinado, y en última instancia dentro de Cataluña, todos los pleitos y causas.Se organizarán jurisdicciones especiales como la industrial y la del comercio. Los funcionarios del orden judicial serán responsables.
Base 9". Ejercerán el Poder ejecutivo cinco o siete altos funcionarios nombrados por las Cortes, los cuales estarán al frente
de las diversas ramas de la administración regional.
Base 13". La conservación del orden público y seguridad interiores de Cataluña serán confiadas al sometent, y para el servicio activo permanente se creará un cuerpo semejante al de los Mossos d'Esquadra o de la Guardia Civil. Todas esas fuerzas dependerán por entero del Poder regional.
Base 15". La enseñanza pública, en sus diferentes ramas y grados, tendrá que organizarse de una manera adecuada a las necesidades y carácter de la civilización de Cataluña.
La enseñanza primaria será sufragada por el municipio, y, en su defecto, por la comarca; en cada una de ellas, según sea su carácter agrícola, industrial, comercial, etc., deberán establecerse escuelas prácticas de agricultura, de artes y oficios, de comercio, etc. Deberá informar de los planes de enseñanza, el principio de división y especialización de las carreras, evitando la enseñanza enciclopédica.
Base 16". La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes estarán bajo la salvaguarda del Poder ejecutivo catalán, y cualquier ciudadano podrá interponer demanda ante los tribunales contra los funcionarios que la infringieren.
Manresa, 27 de marzo 1892. - El Presidente,
Lluís DOMÉNECH I MONTANER. - Los secretarios, Enric PRAT DE LA RIBA, Josep SOLER I PALET.
Sacadas del siguiente enlace: http://www.paraprofesores.com/Historia%20segundo%20bachillerato/Textos/2003%202004/Bases%20de%20Manresa.pdf
lunes, 22 de marzo de 2010
Catalanismo. Primera Parte
El centralismo del Estado liberal frustró las aspiraciones de los catalanes en pleno proceso de Revolución Industrial. En las décadas centrales del siglo XIX se produce el fenómeno cultural de la Renaixença cuando la lengua y la cultura catalanas son recuperadas con brío. Es el primer paso para el surgimiento del catalanismo.
Durante el Sexenio Democrático (1868-1874) comienza a plantearse que Cataluña tenía una personalidad propia. A través del republicanismo federal se aspira a tener instituciones política y administrativas propias. La Restauración frustra esta aspiración aunque, no cabe duda, que parte de la alta burguesía catalana apoyó el regreso de los Borbones.
Al final de la década de los años setenta comienzas a surgir personalidades, grupos y asociaciones defensoras de los derechos propios de Cataluña. En 1879 el ex republicano Valentí Almirall saca su Diari Català, que interviene en la creación del Centre Català de 1885. En ese mismo año publica la Memoria en defensa de los intereses morales y materiales de Cataluña, que es enviado a Alfonso XII. En 1886 publicará Lo catalanisme donde se establecen los acontecimientos históricos catalanes y se asientan las bases del catalanismo posterior.
En el sector conservador y burgués aparecerán las figuras de Joan Mañé i Flaquer, Enric Prat de la Riba, Duran i Ventosa, y Puig i Cadafalch. En este sector surgirán asociaciones como la Lliga de Catalunya de 1887 y la Unió Catalanista de 1891. Esta última redactará las importantísimas Bases de Manresa de 1892.
Durante el Sexenio Democrático (1868-1874) comienza a plantearse que Cataluña tenía una personalidad propia. A través del republicanismo federal se aspira a tener instituciones política y administrativas propias. La Restauración frustra esta aspiración aunque, no cabe duda, que parte de la alta burguesía catalana apoyó el regreso de los Borbones.
Al final de la década de los años setenta comienzas a surgir personalidades, grupos y asociaciones defensoras de los derechos propios de Cataluña. En 1879 el ex republicano Valentí Almirall saca su Diari Català, que interviene en la creación del Centre Català de 1885. En ese mismo año publica la Memoria en defensa de los intereses morales y materiales de Cataluña, que es enviado a Alfonso XII. En 1886 publicará Lo catalanisme donde se establecen los acontecimientos históricos catalanes y se asientan las bases del catalanismo posterior.
En el sector conservador y burgués aparecerán las figuras de Joan Mañé i Flaquer, Enric Prat de la Riba, Duran i Ventosa, y Puig i Cadafalch. En este sector surgirán asociaciones como la Lliga de Catalunya de 1887 y la Unió Catalanista de 1891. Esta última redactará las importantísimas Bases de Manresa de 1892.
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