En estos días hemos dedicado cierta atención al carlismo, ideología y movimiento político muy importante en la Historia contemporánea de España. Pues bien, para seguir ahondando en el mismo nos acercamos al fragmento de un texto de María Teresa de Braganza y Borbón, eposa del infante Don Carlos, donde se exponen diversas ideas del carlismo:
"Religión, Patria y Rey (...) Rey, digo por último, pero rey por la gracia de Dios y no por la gracia de la soberanía nacional (...). Según el liberalismo, de la soberanía nacional emana todo el poder y los poderes que existen, negando de este modo todo poder de origen divino. Ahora bien, esto está condenado por la Iglesia católica y con razón: pues la Escritura sagrada dice expresamente: todo poder viene de Dios (...).
El liberalismo es puro absolutismo, porque se atribuye a sí un poder que no le viene de Dios, de quien prescinde, ni del pueblo soberano, porque a este no se le concede sino el vano y rídiculo derecho de despositar una boleta en una urna electoral".
María Teresa de Braganza incide en diversos puntos del carlismo:
ª) El poder del rey es de origen divino y no procede de la soberanía nacional. Se trata de uno de los argumentos propios de la monarquía absoluta. El máximo defensor de esta idea fue Bossuet en el siglo XVII, precisamente, empleando las Sagradas Escrituras en su razonamiento.
b) Se critica el derecho del sufragio como legitimador del liberalismo, precisamente porque prescinde del origen divino del poder. Pero, curiosamente, establece que tampoco procede del pueblo soberano aunque se exprese en las urnas.
María Teresa de Braganza y Borbón nació en 1793. Era hija del rey Juan IV de Portugal y de la infanta española Carlota Joaquina de Borbón. Durante sus dos primeros años fue la princesa heredera de Portugal con el título de Princesa de Beira. Se casó con su primo Pedro Carlos de Borbón en Brasil, cuando la familia real portuguesa huyó de la ocupación napoleónica. En 1812 enviudó.
Al regresar a Portugal se destacó por la defensa a ultranza del absolutismo monárquico apoyando a su hermano Manuel I en la guerra civil que asoló Portugal entre los años 1826 y 1834, además de a su cuñado el infante Carlos María Isidro en sus pretensiones al trono español a la muerte de Fernando VII. Años después se casaría con éste que, además de cuñado, era su tío, viudo a su vez.
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sábado, 17 de abril de 2010
martes, 1 de septiembre de 2009
Breve Historia de las Constituciones
Las Constituciones fueron los instrumentos fundamentales de la ideología liberal que terminó por destruir el Antiguo Régimen, y luego se han convertido en el mismo instrumento de la democracia.
En la Constitución se establecía, en su parte dogmática, que el sistema de gobierno que estaba sometido a ella tenía contrapesos instituciones y constricciones marcadas por la misma. Los poderes se dividían y se relacionaban entre sí para evitar la tiranía o el absolutismo, y para poner fin a las arbitrariedades que se pudieran cometer hacia los ciudadanos. Por eso mismo, la Constitución reconoce y garantiza los derechos y las libertades, y pone en el mismo plano a los gobernantes y a los gobernados.
Las Constituciones han ido evolucionando desde su surgimiento en las Revoluciones liberales-burguesas. En un principio, el liberalismo más conservador o censitario pretendía solamente abolir el absolutismo monárquico, establecer un poder legislativo bien articulado en los parlamentos, y el reconocimiento de unos derechos individuales básicos. Cuando llegó la época de la Restauración del Antiguo Régimen, después de la derrota de Napoleón, surgen las Cartas Otorgadas, especie de compromiso entre el pasado o tradición y las recientes conquistas liberales. Al terminar este período histórico, vuelven a triunfar las Constituciones en sí, y de signo conservador o moderado.
El paso al liberalismo democrático o a la democracia en sí no se da hasta los decenios finales del siglo XIX, cuando se consolida el Parlamento como poder fundamental, se acaba con el sufragio censitario (derecho a votar y ser votado para una minoría, en función de sus rentas) para que instaurar el sufragio universal masculino, y el comienzo de los derechos a colectivos.
En el siglo XX el progreso del constitucionalismo se disparó. Triunfa el concepto de soberanía popular, más acorde con el sufragio universal, se reconoce el sufragio femenino y surgen con fuerza los derechos sociales, reconocidos, aunque no todos de fácil garantía. Se termina con la existencia de la doble cámara aristocrática (los Senados), suprimiéndolas (unicameralismo) o sustituyéndolas por Senados democráticos. Es, también, el momento del final de muchas Monarquías y el triunfo de las Repúblicas, con excepciones.
En la Constitución se establecía, en su parte dogmática, que el sistema de gobierno que estaba sometido a ella tenía contrapesos instituciones y constricciones marcadas por la misma. Los poderes se dividían y se relacionaban entre sí para evitar la tiranía o el absolutismo, y para poner fin a las arbitrariedades que se pudieran cometer hacia los ciudadanos. Por eso mismo, la Constitución reconoce y garantiza los derechos y las libertades, y pone en el mismo plano a los gobernantes y a los gobernados.
Las Constituciones han ido evolucionando desde su surgimiento en las Revoluciones liberales-burguesas. En un principio, el liberalismo más conservador o censitario pretendía solamente abolir el absolutismo monárquico, establecer un poder legislativo bien articulado en los parlamentos, y el reconocimiento de unos derechos individuales básicos. Cuando llegó la época de la Restauración del Antiguo Régimen, después de la derrota de Napoleón, surgen las Cartas Otorgadas, especie de compromiso entre el pasado o tradición y las recientes conquistas liberales. Al terminar este período histórico, vuelven a triunfar las Constituciones en sí, y de signo conservador o moderado.
El paso al liberalismo democrático o a la democracia en sí no se da hasta los decenios finales del siglo XIX, cuando se consolida el Parlamento como poder fundamental, se acaba con el sufragio censitario (derecho a votar y ser votado para una minoría, en función de sus rentas) para que instaurar el sufragio universal masculino, y el comienzo de los derechos a colectivos.
En el siglo XX el progreso del constitucionalismo se disparó. Triunfa el concepto de soberanía popular, más acorde con el sufragio universal, se reconoce el sufragio femenino y surgen con fuerza los derechos sociales, reconocidos, aunque no todos de fácil garantía. Se termina con la existencia de la doble cámara aristocrática (los Senados), suprimiéndolas (unicameralismo) o sustituyéndolas por Senados democráticos. Es, también, el momento del final de muchas Monarquías y el triunfo de las Repúblicas, con excepciones.
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