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miércoles, 20 de marzo de 2013

Desigualdad legal entre el hombre y la mujer en el franquismo


nserto cuatro artículos del Código Civil de 1958 donde se puede comprobar la desigualdad legal entre el hombre y la mujer en el franquismo:
Artículo 57. El marido tiene que proteger a la mujer y ésta tiene que obedecer al marido.
Artículo 58. La mujer está obligada a seguir al marido donde éste fije su residencia.
Artíuclo 59. El marido es el administrador de los bienes de la sociedad conyugal.
Artìculo 60. El marido es el representante de su mujer
En el primer artículo comprobamos el distinto papel de los esposos en el matrimonio, desde un acusado paternalismo. El marido tiene como misión la protección del ser más desvalido en la concepción tradicional del sexo femenino. En contraprestación, la esposa debe obedecer. La mujer vendría a ser una especie de menor. Otra obligación de la esposa es seguir al marido donde éste decida que se fije la residencia común. Según esta disposición se podría perseguir legalmente a una mujer que se negara a convivir en el mismo hogar. Por supuesto, la mujer no tiene voz ni voto en esta toma de decisiones, al menos, según se dispone en el Código. La condición de menor de la mujer se reafirma en los dos últimos artículos: el marido administra los bienes del matrimonio y representa legalmente a la esposa.
Esta concepción del matrimonio está ya superada legalmente desde que este país se dotó de una democracia pero ha pesado en la mentalidad de parte de la sociedad española, otra de las herencias o rémoras de una mentalidad paternalista, machista y tradicional que nos legó el franquismo. No debemos olvidar que la legislación matrimonial cambió con la República en un esfuezo por modernizar las instituciones de la sociedad española en clave de igualdad entre los sexos, aunque luego fuera frenada de forma radical con el triunfo de Franco y de las concepciones tradicionales defendidas por la Iglesia Católica.

viernes, 18 de junio de 2010

Franco en la escuela. Al Caudillo se le debe obediencia

"Al Caudillo le debemos obediencia, poruqe es la máxima autoridad de los españoles y porque al mandar no le guía otro afán que el bienestar y grandeza de la Patria. Le debemos cariño por el amor que él ha demostrado a España y a los españoles"


(Z. López Constenal, "Compendio de Formación del Espíritu Nacional. Primero y Segundo de Bachillerato)

Estas máximas son muy interesantes porque establecen, por un lado, la necesidad de la obediencia y, por otro, justifican la misma. Los españoles deben obediencia al jefe del estado. Los alumnos deben comprender esto desde el primer momento. Se trata de un sistema dictatorial y la obediencia es un valor fundamental, requisito para que funcione el sistema y para poder vivir sin problemas, aunque estos aspectos no aparezcan, lógicamente, en el texto. La obediencia se basa en un concepto paternalista, especialmente, cuando el texto, como es este el caso, se dirige a jovencitos. Franco no manda movido por malos intereses o egoísmos; lo hace en favor nuestro, de ahí la necesidad de obedecerle. No se habla de coerción, sino de que el chico asuma, desde la escuela, la necesidad de obedecer a un buen gobernante, amante de todos los españoles. Franco es como un padre.

Es importante, también, como en las dictaduras se fomenta la obediencia y lealtad al lider, frente a las democracias donde se enseña el respeto a las leyes e instituciones, así como, éstas y aquellas se establecen para la salvaguarda de los derechos.

viernes, 21 de mayo de 2010

Indispensable

"Yo espero que las realidades alcanzadas y las que todavía hemos de conseguir acabarán por convencer a todos y, cuando llegue el momento en que mi vida se extinga, o por disminución de mis facultades se haga necesaria la sucesión, acabéis no considerándome como indispensable"

(En unas declaraciones de Franco a "Pueblo", en mayo de 1959)

Este es un ejemplo más del alto concepto que se tenía personalmente Franco, un gobernante indispensable para España, además de rezumar un claro paternalismo.