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viernes, 11 de julio de 2014

Julia Álvarez Resano

Fermín Pérez-Nievas Borderas ha escrito, Julia Álvarez Resano. Memoria de una socialista navarra (1903-1948), con prólogo de Víctor Moreno, y editado por la editorial Pamiela.
Julia Álvarez Resano, conocida como Julia, fue una activa mujer en la política de la II República. Fue una destacada oradora pero muy poco conocida, tanto por la inquina de la derecha como por los problemas que tuvo en el seno del PSOE. Fue una de las primeras parlamentarias españolas, pionera en acceder a la magistratura y la primera mujer que fue gobernadora civil en nuestro país.
Fue expulsada del partido y murió en la soledad en el exilio mexicano.

viernes, 16 de agosto de 2013

Mujer, República y Guerra Civil

El papel de las mujeres en la República y en la Guerra Civil necesita ser más estudiado y conocido. En este sentido, es interesante consultar el artículo siguiente:
Guadalupe Gómez-Ferrer Morant, "República y Guerra Civil: una perspectiva de género":
http://republica-republicanisme.uab.es/docs/fb7b9ffa5462084c5f4e7e85a093e6d7.pdf

martes, 16 de julio de 2013

Elizabeth Cady Stanton

Elizabeth Cady Stanton fue una destacada abolicionista, feminista y escritora norteamericana natural de New York. Nació en dicha ciudad en 1817 y, también murió en la misma en el año 1902. Stanton está considerada una pionera de sufragismo y del feminismo. En el artículo sobre L. Mott aludíamos a nuestra protagonista cuando ambas organizaron en Seneca Falls el Congrego en Defensa de los Derechos de la Mujer.
Fue presidenta del National Women Suffrage Association, también de la American Women Suffrage, y de la Conferencia Internacional Femenina de Washington. Fue cofundadora de la revista semanal "Revolution" en el año 1888.
Stanton publicó diversas obras. Entre las principales podemos citar: History of Woman Suffrage, en colaboración con Susan B. Anthony, en el año 1881. También, se pueden destacar, The Woman Bible, y su autobiografía, Eighty Years and More (1898).

lunes, 15 de julio de 2013

Lucretia Coffin Mott

Lucretia Coffin Mott fue una destacada abolicionista y sufragista norteamericana, nacida en 1793 y fallecida en 1880. Estudió con los cuáqueros de New York, y en 1817 fundó su propia escuela. En el año 1833 se unió a a la American Anti-Slavery Society, para luego crear la Female Anti-Slavery Society. Presidió esta Asociación toda su vida.
Además de su lucha en contra de la esclavitud se distinguió por la defensa de los derechos de las mujeres. En 1848 organizó junto con E.C. Stanton, el primer congreso en favor de los derechos de la mujer, que se celebró en Seneca Falls.
En 1870 fue nombrada presidenta de la Pennsylvania Peace Society.
Stanton publicó los discursos sobre los derechos de la mujer de Mott en su primer volumen de su History of Woman's Suffrage.

miércoles, 26 de junio de 2013

Perpetradoras

La historiadora Kathrin Kompisch ha escrito la obra Täterinnen. Frauen in Nationalsozialismus, o Perpetradoras. Mujeres bajo el Nacionalsocialismo. La historiadora rompe con los mitos sobre la mujer en aquella época. Hubo casos de mujeres muy involucradas en los crímenes nazis, a pesar de que la memoria colectiva germana había eliminado su participación en estos hechos. Hubo mujeres entusiastas en la ayuda a la esterlización y asesinato de presos, delataron a judíos, o fueron diligentes funcionarias en las SS. En algunos casos, fueron autoras directas de asesinatos. Sin duda, se trata de un libro demoledor.

viernes, 31 de mayo de 2013

Consideraciones de un racista

Incluyo el siguiente texto sobre las reflexiones de un racista, Hans Günther, tomado del libro de G. L. Mosse:
"La raza nórdica es alta, de piernas largas, delgadas y con un promedio de estatura que entre los elementos masculinos supera normalmente 1'74 m. Los miembros son vigorosos y ágiles en su apariencia externa (...).
El corte de cara de las facciones nórdicas, especialmente en el elemento masculino, da el efecto de arrojo y valentía especialmente a través de los rasgos dominantes de su perfil: su frente, su elevada y distinguida nariz, y finalmente su barbilla prominente. La suavidad de sus facciones da una clara expresión a su fisonomía. En el elemento femenino la barbilla tiene más arco, la nariz es menos aguda y además se une con un rostro no tan prominente (...).
Si un pintor, un dibujante o un escultor quiere representar la imagen de la determinación, de la decisión o de la resolución, o una característica de nobleza, superioridad o heroísmo humano, tanto en hombre como en mujer, en la mayoría de los casos crea imágenes que son más o menos aproximadamente la imagen de la raza nórdica".

jueves, 16 de mayo de 2013

Aspectos sobre la condición de la mujer en el Código Civil de Napoleón


Una de las aportaciones más importantes de Napoleón a la Historia fue, sin lugar a dudas, la promulgación del Código Civil, que racionalizaba y unificaba las leyes, y que, a excepción de los países anglosajones, se universalizó.
Pues bien, en este artículo nos acercamos a algunos aspectos relativos al Código napoleónico, que nos permiten comprobar que la Revolución no supuso cambios en favor de la igualdad entre los sexos:
-La mujer casada debe obediencia a su marido.
-El adulterio femenino es más grave que el cometido por un hombre.
-La autoridad sobre los hijos recae en el padre.
-El marido debe administrar los bienes de su mujer y los de la familia.
-La mujer necesita el permiso de su marido para todo acto jurídico y para trabajar.

miércoles, 15 de mayo de 2013

Olimpia de Gouges


Olimpia de Gouges es, sin lugar a dudas, la revolucionaria más importante e interesante de la Historia de las Revoluciones que marcaron el inicio de la contemporaneidad en Occidente. Nació en Montauban en el año 1748 y murió en París en 1793. Su verdadero nombre fue Marie Gouze.
Se puede considerar a Olimpia de Gouges una de las precursoras del feminismo. Fue una prolífica escritora de obras de teatro, de novelas y de obras de contenido político. Dirigió el periódico L'Impatient. Fundó la Sociedad popular de mujeres. En 1791 redactó uno de los textos más importantes de la Historia, la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, en respuesta a la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Dicho texto está incluido en un artículo en este mismo blog.
Gouges reivindica en la Declaración la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer.
En la vorágine revolucionaria nuestra protagonista se enfrentó a Robespierre. En este sentido, publicó la cartaPronostic de Monsieur Robespierre pour un animale amphibie, que le llevó a ser acusada de intrigas sediciosas. Fue juzgada, y condenada a muerte. Fue guillotinada.

sábado, 11 de mayo de 2013

La negación de los derechos de la mujer en la Convención


Inserto el siguiente texto del discurso de André Amar, diputado de la Convención, de octubre de 1793 sobre los derechos de la mujer:

"¿Las mujeres deben ejercer los derechos políticos e inmiscuirse en los asuntos de gobierno? ¿Deben reunirse en asociaciones políticas? (...)
No, porque deberían sacrificar cuestiones más importantes a las que han sido llamadas por la naturaleza. Las funciones privadas a las que están destinadas las mujeres por naturaleza ayudan a sostener el orden social. Y para el orden social es necesario que cada sexo se ocupe de aquello que le esté encomendado por naturaleza.
¿Cuál es el carácter propio de la mujer? Las costumbres y la naturaleza le han señalado sus funciones: educar a los hijos, preparar el espíritu y el corazón de sus hijos para las tareas públicas, elevar sus almas, (...) Después del cuidado de las tareas de su casa, la mujer ha estado destinada a hacer amar la virtud entre los suyos. Es así como ellas sirven a la patria (...).
En general, las mujeres son poco capaces para las ideas elevadas y las meditaciones serias...."

La argumentación del diputado pasa por señalar una naturaleza distinta de la mujer y, por lo tanto, deberían dedicarse a otras funciones, las relacionadas con el mundo privado frente a las funciones públicas que serían competencia de los hombres. El argumento es muy clásico. Llama la atención más el argumento de la costumbre, no tan propio de una época de fuerte influencia ilustrada, dado que este movimiento era muy contrario a los argumentos que apelaban a la costumbre.
El final del texto es demoledor.
En el libro de Bárbara Caine y Glenda Sluga, Género e Historia, se nos cuenta que Amar auspició la prohibición de los clubs de mujeres. Era miembro del Comité de Seguridad Nacional. Estas autoras, también, aluden a que Amar insistía en el derecho que tenían los ciudadanos a emprender negocios y actividades políticas seguros de que sus hogares e hijos estaban bien cuidados por sus esposas (pág. 37). (este libro puede consultarse en la red: http://books.google.es/books?id=owkFKNvhKXgC&pg=PA37&lpg=PA37&dq=%22andr%C3%A9+amar%22&source=bl&ots=ZrtkSGa4AH&sig=YkWT514YRp7YLb8kuDhkoBrRYAM&hl=es&sa=X&oi=book_result&res

viernes, 10 de mayo de 2013

Declaración de Derechos de la mujer y de la ciudadana


Declaración de derechos de la mujer y de la ciudadanaOlimpia de Gouges
(A decretar por la Asamblea Nacional en sus últimas sesiones o en las de la próxima legislatura)
Preámbulo
Las madres, las hijas, las hermanas, representantes de la Nación, solicitan ser constituidas en Asamblea nacional. Considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han decidido exponer en una solemne declaración los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer, con el fin de que esta declaración, presente continuadamente en la mente de todo el cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y deberes; con el fin de que los actos de poder de las mujeres y los actos de poder de los hombres puedan ser comprados en cualquier momento con el objetivo de toda institución política, y sean más respetados; con el fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, basadas en lo sucesivo sobre principios sencillos e incontrovertibles, tiendan siempre hacia el mantenimiento de la Constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos.
En consecuencia, el sexo superior, tanto en belleza como en valor -como demuestran los sufrimientos maternales- reconoce y declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo, los siguientes Derechos de la Mujer y de la Ciudadana.
Artículo I . La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales no pueden estar basadas más que en la utilidad común.
Artículo II . El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e inalienables de la mujer y del hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia a la opresión.
Artículo III. El principio de toda soberanía reside, esencialmente, en la Nación, que no es sino la reunión de la mujer y del hombre; ninguna corporación, ningún individuo puede ejercer autoridad alguna que no emane expresamente de ella.
Artículo IV. La libertad y la justicia consisten en devolver todo cuanto pertenece a los demás; así pues, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer no tiene más limitaciones que la tiranía perpetua a que el hombre la somete; estos límites deben ser modificados por las leyes de la naturaleza y de la razón.
Artículo V . Las leyes de la naturaleza y las de la razón prohíben todas las acciones nocivas para la sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, justas y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no prescriben.
Artículo VI. La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las ciudadanas y ciudadanos deben contribuir personalmente o por medio de sus representantes, a su formación; debe ser ésta la misma par todos: todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, siendo iguales ante los ojos de la ley, deben ser igualmente aptos para todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según sus capacidades, sin otra diferencia que sus virtudes y sus talentos.
Artículo VII. Ninguna mujer está excluida de esta regla; sólo podrá ser acusada, detenida o encarcelada en aquellos casos que dicte la ley. Las mujeres obedecen exactamente igual que los hombres a esta ley rigurosa.
Artículo VIII. La ley no debe establecer otras penas que las estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado más que en virtud de una ley establecida y promulgada antes que la comisión del delito y que legalmente pueda ser aplicable a las mujeres.
Artículo IX. A cualquier mujer que haya sido declarada culpable debe aplicársela la ley con todo rigor.
Artículo X. Nadie puede ser molestado por sus opiniones, aun las más fundamentales. La mujer tiene el derecho a subir al cadalso, y, del mismo modo, el derecho a subir a la tribuna, siempre que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la ley.
Artículo XI. La libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más valiosos de la mujer, ya que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con respecto a los hijos. Cualquier ciudadana puede, decir libremente: “Yo soy madre de un hijo que os pertenece”, sin que un prejuicio bárbaro la obligue a disimular la verdad; salvo a responder por el abuso que pudiera hacer de esta libertad, en los casos determinados por la ley.
Artículo XII. La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadana necesita de un bien mayor; esta garantía debe instaurarse en beneficio de todas y no para la utilidad particular de aquellas a quien se confíe.
Artículo XIII. Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de la administración serán iguales las contribuciones de hombres y mujeres; la mujer participará en todas las tareas ingratas y penosas, por lo tanto debe tener derecho a participar en el reparto de puestos, empleos, dignidades e industria.
Artículo XIV. Las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a controlar por ellos mismos o por medio de sus representantes la necesidad de la contribución al erario público. Las ciudadanas no pueden dar su consentimiento a dicha contribución si no es a través de un reparto igualitario, no sólo en cuanto a la fortuna, sino también en la administración pública, y tienen derecho a establecer la cuota, el asiento, la recaudación y el plazo del impuesto.
Artículo XV. La masa de las mujeres, unida a la de los hombres para la contribución al erario público, tiene derecho a pedir cuentas a cualquier agente público de su gestión administrativa.
Artículo XVI. Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni la separación de los poderes no puede decirse que tenga una constitución. La constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha colaborado en su redacción.
Artículo XVII . Las propiedades son de todos los sexos unidos o separados; son para cada uno un derecho inviolable y sagrado; nadie puede verse privado de ellas como verdadero patrimonio de la naturaleza, que son, sino porque la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de fehacientemente con la condición de una justa y previa indemnización.
Epílogo 
Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad, ha sido injusto con su compañera. ¡Oh, mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuándo dejaréis de estar ciegas? ¿Qué ventajas habéis obtenido de la Revolución? Un desprecio más marcado, un desdén más visible... ¿Qué os queda entonces?. La convicción de las injusticias del hombre.
(…)
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El texto se ha consultado en la siguiente página web:

sábado, 30 de marzo de 2013

Suceso Portales y Mujeres Libres en Guadalajara


Reproducimos un extracto de la biografía de Suceso Portales, fundadora de Mujeres Libres en Guadalajara, y que fue recordada en las pasadas jornadas "Mujer y Memoria" organizadas por el Foro por la Memoria de Guadalajara en Azuqueca de Henares (9 de marzo de 2013)
SUCESO PORTALES
(Zahínos, Badajoz, 8 de abril de 1904-Sevilla, 23 de enero de 1999)
En:

sábado, 22 de diciembre de 2012

Carmen Valero Gimeno


Carmen fue maestra, feminista y sindicalista, una mujer comprometida y una intelectual respetada y reconocida.

Nació en Silla (Alicante), al acabar la escuela primaria sus padres la matricularon en el colegio de la Compañía de Santa Teresa de Jesús de Valencia, donde estudió la carrera de Maestra Nacional, obteniendo el título de la Escuela Normal de Magisterio con sobresaliente, el 14 de abril de 1913, nota que ella consideraba insuficiente, ya que aspiraba a la matrícula de honor para poder continuar estudiando de forma gratuita......



El artículo completo en:
http://maestrasrepublicafeteugt.blogspot.com.es/2012/11/carmen-valero-gimeno.html

lunes, 17 de diciembre de 2012

Historia de un ideal vivido por una mujer


Historia de un ideal vivido por una mujer
Juana Rouco Buela
Prólogo Hélène Finet
La Malatesta Editorial, Madrid 2012
La trayectoria de Juana Rouco Buela coincide con la edad de oro del anarquismo rioplatense de principios del siglo XX. En este sentido, la reedición de su autobiografía, publicada por primera vez por las ediciones Reconstruir en Buenos Aires en 1967, confirma una voluntad de seguir difundiendo la esencia del ideal anarquista "vivido por una mujer", una mujer excepcional, que dejó un testimonio valioso sobre una época que cambió para siempre el imaginario social de las generaciones militantes del anarquismo argentino y mundial. La resonancia de su trayectoria a través de los años nos invita a volver a pensar la novedad de sus planteamientos no solamente en el contexto de la época, sino también en los tiempos más actuales, y a considerarlos como una herencia al servicio de las generaciones ácratas del futuro.
Visto en:

sábado, 15 de septiembre de 2012

La mujer en la lucha social y en la guerra civil de España


La mujer en la lucha social y en la guerra civil de España
Lola Iturbe
Prólogo de Eulàlia Vega¿Por qué la mujer jugó un papel tan importante en la guerra civil de España? Esa es la pregunta que pretende esclarecer Lola lturbe y, para ello, nos traza una historia de la mujer y la lucha hacia su emancipación. Con carácter enciclopédico, recoge la biografía de aquellas que marcaron un hito en esa lucha social, intentando rescatar del olvido, aunque sea sólo por su nombre, a todas las mujeres que decidieron romper con el rol tradicional que tes reservaba la sociedad. La mujer en la lucha social y la guerra civil de España, a pesar de los años pasados desde su primera edición, no ha perdido su importancia como documento histórico de homenaje a la mujer en la revolución social.LaMalatesta Editorial, Madrid 2012
270 págs. Rústica il. 21x15 cm
ISBN 9788493830632
Ver:
http://www.lamalatesta.net/product_info.php/products_id/4495

jueves, 10 de mayo de 2012

La República en las urnas


La República en las urnas. El despertar de la democracia en España. Éste es el título del libro de Roberto Villa García, editado por Marcial Pons Ediciones de Historia. Como resumen de esta obra, la editorial expresa: "¿Cómo y en qué condiciones nace la democracia de masas en España? ¿Cuáles son las normas que regulan las elecciones en la Segunda República? ¿Cómo eran elegidos los candidatos dentro de cada partido? ¿Cuáles eran los diversos métodos de propaganda? ¿Cómo votaban los españoles de entonces? ¿De qué modo les influían discursos y programas políticos? ¿Cómo incidió realmente el abstencionismo de los anarquistas en los índices de participación y de voto? ¿Fue el sufragio de la mujer decisivo en los resultados electorales? Este libro aborda la historia de las elecciones españolas y se centra en el estudio de las primeras elecciones modernas y plenamente democráticas, las generales de noviembre de 1933, que abrieron una nueva etapa en la vida política española".
Más en:
http://www.tiempodehistoria.com/modules.php?name=News&file=article&sid=1948

martes, 20 de diciembre de 2011

Manuela Lozano

Manuela Lozano fue una mujer socialista que tuvo que exiliarse en Francia, perteneciendo a los Grupos departamentales del PSOE y de la UGT en Eure. Murió en Gaillon en el año 1953.


Ver:

sábado, 17 de diciembre de 2011

María Madrigal Hidalgo

María Madrigal Hidalgo fue una mujer pionera del socialismo español. Nació en el año 1850 en Alcobendas (Madrid). Ingresó en el Grupo Socialista de Madrid en el año 1906. Murió en 1934.

Ver:


M. DEL MORAL VARGAS. Acción colectiva femenina en Madrid (1909-1931) [Tesis doctoral inédita. UCM. 2009].

miércoles, 27 de julio de 2011

La sumisión de la mujer al marido en el ideario de la Sección Femenina

Ahondando en la ideología falangista de la Sección Femenina en la cuestión de la relación de sexos nos acercamos a otro trabajo:

Sumisión y obediencia al marido: el ideario de la Sección Femenina




  • Resumen:
    • Las autoras somos profesoras de Psicología y trabajamos en el análisis de la violencia de género y sus causas. Según nuestra hipótesis, en el origen de la violencia contra las mujeres están las creencias misóginas, las creencias sobre la inferioridad "natural" de las mujeres, empleadas tanto para justificar el sometimiento, como el castigo a las transgresoras del orden establecido. El régimen franquista, a través especialmente del control ejercido por la Sección Femenina durante más de 40 años, contribuyó a articular y transmitir un férreo discurso sobre el rol de la mujer. Se la consideraba como sacrificada cuidadora de la familia, como figura obediente y sumisa a la autoridad del varón. Este discurso, del que presentamos numerosos ejemplos, no es ni puede ser considerado ajeno a la violencia de género y al maltrato de mujeres presentes en nuestra sociedad actual.



  • Ver:

    martes, 26 de julio de 2011

    Mujer y Coros y Danzas de la Sección Femenina

    Seguimos ahondando en el conocimiento de la Sección Femenina y nos acercamos a uno de los aspectos más conocidos aparentemente de esta organización:

    La mujer es el mensaje: los Coros y Danzas de la Sección Femenina en Hispanoamérica




  • Autores: María Pilar Amador Carretero







  • Localización: Feminismo /s: revista del Centro de Estudios sobre la Mujer de la Universidad de Alicante, ISSN 1696-8166, Nº. 2, 2003 , pags. 101-120.






  • Resumen:
    • Cualquier sistema político ejerce una acción socializadora que, en el caso de los Estados totalitarios, se completa con la propaganda política. Para esta tarea, el Estado despliega una extensa red de agentes transmisores que tiene el cometido de divulgar la ideología. Llevando estas afirmaciones a la época de Franco es un hecho comprobado que los contenidos ideológicos del régimen se divulgaron a través de un aparato propagandístico que incluía el control de los medios de masas, el sistema educativo y el púlpito. Por tanto, el cine, como producto cultural de esa sociedad, participa también de los códigos y mensajes de la ideología del momento. Desde estos planteamientos, he analizado en este trabajo el filme Ronda Española, que recoge y representa la actividad de los Coros y Danzas de la Sección Femenina en sus viajes por Hispanoamérica. A través de este análisis podemos acercarnos a la realidad de las mujeres falangistas y a los principios e intenciones del mensaje que pretendieron transmitir a través de esta actividad.
    Ver:
    (en el enlace podemos acceder a otro para leer el texto completo).

    viernes, 22 de julio de 2011

    Contradicciones entre el modelo de mujer y las instituciones educativas de la Sección Femenina

    Varios autores españoles y extranjeros aluden a la contradicción entre el modelo de mujer defendido por la Sección Femenina y las propias protagonistas de la organización, así como en relación a las instituciones educativas que establecieron. En este "post" nos acercamos a un estudio, que ahonda en estas contradicciones, de Heliodoro Manuel Pérez Moreno, autor de una monografía sobre la Sección Femenina en Huelva y profesor en la Universidad de Huelva:

    LA SECCIÓN FEMENINA DE LA ESPAÑA DE FRANCO (1939-1975) Y SUS
    CONTRADICCIONES ENTRE “PERFIL DE MUJER” Y MEDIOS EDUCATIVOS
    En:
    http://www.seer.ufu.br/index.php/che/article/viewFile/1883/1568