TÍTULO VIII FACULTADES ESPECIALES DEL SENADO
Art. 70º. El Senado no tiene la iniciativa de las leyes. Corresponde al Senado exclusivamente examinar si las leyes del Congreso desconocen los derechos de la personalidad humana, o los poderes de los organismos políticos o las facultades de la Federación, o el Código fundamental. Si el Senado, después de madura deliberación, declara que no, la ley se promulgará en toda la Nación. Cuando el Senado declare que hay lesión de algún derecho o de algún poder, o de algún artículo constitucional, se nombrará una Comisión mixta que someterá su parecer al Congreso. Si después de examinada de nuevo la ley, el Senado persiste en su acuerdo, se suspenderá la promulgación por aquel año. Si al año siguiente reproduce el Congreso la ley, se remitirá al Poder ejecutivo para su promulgación; pero si éste hiciera objeciones al Congreso se volverá la ley al Senado y si el Senado insiste nuevamente se suspenderá también la promulgación. Por último, si al tercer año se reproduce la ley, se promulgará en el acto por el Presidente y será ley en toda la Federación. Sin embargo, al Poder judicial, representado por el Tribunal Supremo de la Federación, le queda la facultad siempre de declarar en su aplicación si la ley es o no constitucional.
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lunes, 3 de mayo de 2010
martes, 27 de octubre de 2009
El nacionalismo de los Estados en el siglo XIX
Después de los procesos nacionalistas de Grecia, Bélgica, Italia y Alemania el nacionalismo pasó de ser una fuerza revolucionaria a ser instrumentalizado por los grupos liberales más moderados o conservadores como medio para consolidar los Estados. Así se denomina al nacionalismo de Estado aquellas acciones y políticas llevadas a cabo por la Administración para dicha consolidación. Este nacionalismo de Estado o Estado-nación triunfó con un éxito tal que se convirtió en el modelo a seguir en el siglo siguiente.
Se dotará al Estado de un conjunto de aparatos para vertebrar el territorio y todas las sociedades de cada zona, desarrollando una conciencia nacional para generar un grupo homogéneo frente a las diversidades internas. Para llevar a cabo tanto la vertebración territorial y social, así como para generar la conciencia nacional se establecieron una serie de medios:
1. Nueva administración y funcionariado.
2. Polícia y ejército.
3. Sistema educativo.
4. Identificadores: simbólicos, rituales y míticos.
5. Enemigos externos y expansionismos imperiales o coloniales.
6. Economía nacional.
7. Comunicaciones.
Se dotará al Estado de un conjunto de aparatos para vertebrar el territorio y todas las sociedades de cada zona, desarrollando una conciencia nacional para generar un grupo homogéneo frente a las diversidades internas. Para llevar a cabo tanto la vertebración territorial y social, así como para generar la conciencia nacional se establecieron una serie de medios:
1. Nueva administración y funcionariado.
2. Polícia y ejército.
3. Sistema educativo.
4. Identificadores: simbólicos, rituales y míticos.
5. Enemigos externos y expansionismos imperiales o coloniales.
6. Economía nacional.
7. Comunicaciones.
domingo, 25 de octubre de 2009
El estado-nación
La forma de organización política del nacionalismo es el estado nacional, la nación-estado, o el estado-nación. El estado nacional se caracteriza por los rasgos siguientes:
1. La organización se hace en torno a un estado único, indivisible y sobre un territorio determinado y perfectamente delimitado. Este estado tiene la autoridad máxima y está constituido por un conjunto de instituciones que aplican dicha autoridad sobre la población.
2. Se desarrolla un sistema económico uniforme.
3. Se tiende a la homogeneización cultural en torno a unos valores y una lengua, lo que facilitaría la vida nacional y la relación entre las autoridades y los ciudadanos, pero empobrece al marginar otras lenguas y valores culturales. El gran medio para realizar esta política uniformadora sería un sistema educativo homogéneo. El ejemplo más claro sigue siendo el francés, aunque no es el único, pensemos en la marginación de la lengua gaélica en el Reino Unido, por ejemplo. En España la debilidad del Estado decimonónico impidió la homogeneización completa.
1. La organización se hace en torno a un estado único, indivisible y sobre un territorio determinado y perfectamente delimitado. Este estado tiene la autoridad máxima y está constituido por un conjunto de instituciones que aplican dicha autoridad sobre la población.
2. Se desarrolla un sistema económico uniforme.
3. Se tiende a la homogeneización cultural en torno a unos valores y una lengua, lo que facilitaría la vida nacional y la relación entre las autoridades y los ciudadanos, pero empobrece al marginar otras lenguas y valores culturales. El gran medio para realizar esta política uniformadora sería un sistema educativo homogéneo. El ejemplo más claro sigue siendo el francés, aunque no es el único, pensemos en la marginación de la lengua gaélica en el Reino Unido, por ejemplo. En España la debilidad del Estado decimonónico impidió la homogeneización completa.
domingo, 18 de octubre de 2009
El nacionalismo liberal
El concepto moderno de nación surge al terminar el siglo XVIII en pleno proceso de las revoluciones liberales-burguesas. El término nación no era nuevo pero ahora al nacer el concepto de soberanía nacional provoca que´que la nación se convierta en el resultado del contrato social por el que la sociedad poseedora de la soberanía hace depositaria de la misma al Estado. Dicho Estado sería la institucionalización de la Nación; se trataría, pues, del Estado-nación. La nación, pues, surgiría de un acto de voluntad política y de la libre determinación de la sociedad civil y de cada uno de los individuos que la compondrían. De ese modo, los individuos se convierten en ciudadanos.
Este modelo de nación tiene varias características:
1. La nación no existiría desde un pasado inmemorial, sino que nace, como hemos expuesto, de un acto de voluntad colectivo. Las naciones no serían entidades naturales, sino políticas, que se configuran por la adhesión voluntaria a una serie de principios que se plasmarían en las constituciones.
2. Los límites de la nación no responderían a criterios geográficos ni humanos como la raza, la cultura o la religión, sino que quedarían circunscritos al territorio donde son aceptados y aplicados los principios recogidos en la Constitución.
3. La pertenencia a una nación determinada no sería, pues, una condición natural, sino un acto de aceptación voluntario, de adhesión a la comunidad y al contrato social que se establece en su seno. Uno no nacería francés, o ruso, o español, por poner ejemplos, sino que se alcanzaría la nacionalidad con la adhesión voluntaria y racional a los principios constitucionales de esos países. La nacionalidad se identificaría con la ciudadanía. Los vínculos afectivos o de sentimientos quedan en un segundo plano en favor de la libre determinación para aceptar los principios. Uno adquiere la nacionalidad mediante una declaración pública y voluntaria de adhesión a los principios constitucionales. La nacionalidad, además, puede perderse desde el momento en que uno renuncia públicamente a participar en dichos principios.
Este modelo de nación tiene varias características:
1. La nación no existiría desde un pasado inmemorial, sino que nace, como hemos expuesto, de un acto de voluntad colectivo. Las naciones no serían entidades naturales, sino políticas, que se configuran por la adhesión voluntaria a una serie de principios que se plasmarían en las constituciones.
2. Los límites de la nación no responderían a criterios geográficos ni humanos como la raza, la cultura o la religión, sino que quedarían circunscritos al territorio donde son aceptados y aplicados los principios recogidos en la Constitución.
3. La pertenencia a una nación determinada no sería, pues, una condición natural, sino un acto de aceptación voluntario, de adhesión a la comunidad y al contrato social que se establece en su seno. Uno no nacería francés, o ruso, o español, por poner ejemplos, sino que se alcanzaría la nacionalidad con la adhesión voluntaria y racional a los principios constitucionales de esos países. La nacionalidad se identificaría con la ciudadanía. Los vínculos afectivos o de sentimientos quedan en un segundo plano en favor de la libre determinación para aceptar los principios. Uno adquiere la nacionalidad mediante una declaración pública y voluntaria de adhesión a los principios constitucionales. La nacionalidad, además, puede perderse desde el momento en que uno renuncia públicamente a participar en dichos principios.
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