El Parlament de Catalunya fue creado como cámara legislativa en el Estatut de 1932. Las primeras y únicas elecciones que tuvo fueron las que se celebraron el 20 de noviembre de ese mismo año por sufragio universal directo masculino. Fueron unas elecciones con cierta polémica.
El Parlament fue abolido, junto con todas las demás instituciones autonómicas y el Estatut por Franco. Fue restituido en el Estatut de 1979. Las primeras elecciones se celebraron el 20 de marzo de 1980.
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lunes, 18 de abril de 2011
martes, 27 de julio de 2010
La crítica a la democracia de Serrano Suñer
En la ponencia número trece del programa de la CEDA, Serrano Suñer expresa la siguiente crítica a la democracia:
"La democracia liberal, con su doble signo -parlamentarismo y sufragio universal e igual- está totalmente fracasada como instrumento de gobierno en todos los países del continente o que es inútil obstinarnos en asimilar el inasimilable régimen anglosajón. El genio latino lo rechaza. El parlamentarismo ha concluido señala nuestra aspiración (...) que el pueblo se incorpore al Gobierno de un modo auténtico, en su realidad orgánica y jerárquica, en oposición al modo actual de artificiosa participación directa e inorgánica, que abre cauce institucional a todas las veleidades irreflexivas e histéricas (...)."
Se trata de un ejemplo propio de las tendencias fascistas y corporativas contrarias a la democracia de los años treinta en muchos lugares. Lo más particular al caso español sería esa concepción del supuesto genio latino que impide que funcione la democracia, sistema que, según nuestro autor, no sería autóctono sino de origen anglosajón.
La democracia establecería una representación inadecuada al abrir la puerta a la irreflexión y la histeria. El pueblo debería incoporarse a las tareas de gobierno respetando la jerarquía, recordemos la crítica al sufragio universal. La alternativa sería el corporativismo, que trataremos en otro artículo.
(Esta cita está sacada de Joan Maria Thomàs,Ramón Serrano Suñer, Barcelona, Ediciones B, Colección "Cara y Cruz", págs. 214-215).
"La democracia liberal, con su doble signo -parlamentarismo y sufragio universal e igual- está totalmente fracasada como instrumento de gobierno en todos los países del continente o que es inútil obstinarnos en asimilar el inasimilable régimen anglosajón. El genio latino lo rechaza. El parlamentarismo ha concluido señala nuestra aspiración (...) que el pueblo se incorpore al Gobierno de un modo auténtico, en su realidad orgánica y jerárquica, en oposición al modo actual de artificiosa participación directa e inorgánica, que abre cauce institucional a todas las veleidades irreflexivas e histéricas (...)."
Se trata de un ejemplo propio de las tendencias fascistas y corporativas contrarias a la democracia de los años treinta en muchos lugares. Lo más particular al caso español sería esa concepción del supuesto genio latino que impide que funcione la democracia, sistema que, según nuestro autor, no sería autóctono sino de origen anglosajón.
La democracia establecería una representación inadecuada al abrir la puerta a la irreflexión y la histeria. El pueblo debería incoporarse a las tareas de gobierno respetando la jerarquía, recordemos la crítica al sufragio universal. La alternativa sería el corporativismo, que trataremos en otro artículo.
(Esta cita está sacada de Joan Maria Thomàs,Ramón Serrano Suñer, Barcelona, Ediciones B, Colección "Cara y Cruz", págs. 214-215).
lunes, 21 de diciembre de 2009
Bakunin. Tercera Parte
La sociedad que surgiría de la revolución no tendría Estado ni institución alguna. La organización se basaría en comunas autónomas, con autogestión, y donde se elegirían por sufragio universal, incluyendo a las mujeres, a las personas que se encargarían de la organización de las mismas. Las comunas podrían federarse o separarse libremente de otras comunas.
La propiedad en las comunas sería colectiva, aboliéndose la privada y el derecho de herencia. El anarquismo de Bakunin es conocido, también, como anarco-colectivismo.
Esta sociedad anarquista se basaría, pues, en la unión de hombres libres obedeciendo a la razón. Es interesante destacar cómo esta defensa de las comunas es una reacción contra la tendencia creciente a la concentración de población resultante del triunfo de la Revolución Industrial.
La propiedad en las comunas sería colectiva, aboliéndose la privada y el derecho de herencia. El anarquismo de Bakunin es conocido, también, como anarco-colectivismo.
Esta sociedad anarquista se basaría, pues, en la unión de hombres libres obedeciendo a la razón. Es interesante destacar cómo esta defensa de las comunas es una reacción contra la tendencia creciente a la concentración de población resultante del triunfo de la Revolución Industrial.
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viernes, 16 de octubre de 2009
Soberanía. Tercera Parte
El liberalismo democrático, así como el republicanismo, batallaron por el sufragio universal, y por una nueva definición de la soberanía, verdaderamente nacional o popular. Todo poder estatal debía derivarse del pueblo, y no de una selección del mismo en función de las rentas propias. De ese modo, en las democracias actuales la soberanía es popular, y es la fuente de la legitimidad política.
lunes, 5 de octubre de 2009
Garantías políticas. La representación y el sufragio
El medio más eficaz para conseguir que la legislación no actúe contra los derechos consiste en confiar a los propios beneficiarios de los mismos la tarea de elaborar las leyes. Como la participación directa en este proceso legislativo es imposible por razones de número, se establece la representación. Todas la normas electorales parten del arbitrio, ya que establecen distinciones: por edad, por sexo o por capacidad económica. Ni tan siquiera el sufragio universal es tal, ya que excluye a los menores de una determinada edad, variable en el tiempo y en el lugar.
Debemos distinguir entre la participación simbólica de los individuos en la soberanía nacional y el efectivo derecho a la participación, o derecho al sufragio. En algunas Declaraciones se establece el carácter representativo del poder legislativo pero eso no significa que se reconozca el derecho del sufragio a todos los individuos. En la historia del liberalismo se establecerá, en primer lugar, el sufragio censitario, es decir el derecho al voto y el derecho a ser elegido para un grupo reducido de individuos con independencia económica y determinados bienes, es decir, con capacidades, en lenguaje político de la época, frente al sufragio universal para todos los mayores de edad, aunque solamente hombres, hasta el triunfo del reconocimiento del derecho al sufragio para las mujeres. Es muy importante estudiar, pues, la ley electoral de cada período para comprobar quiénes, realmente, tenían derecho al sufragio, y a ser elegidos.
Debemos distinguir entre la participación simbólica de los individuos en la soberanía nacional y el efectivo derecho a la participación, o derecho al sufragio. En algunas Declaraciones se establece el carácter representativo del poder legislativo pero eso no significa que se reconozca el derecho del sufragio a todos los individuos. En la historia del liberalismo se establecerá, en primer lugar, el sufragio censitario, es decir el derecho al voto y el derecho a ser elegido para un grupo reducido de individuos con independencia económica y determinados bienes, es decir, con capacidades, en lenguaje político de la época, frente al sufragio universal para todos los mayores de edad, aunque solamente hombres, hasta el triunfo del reconocimiento del derecho al sufragio para las mujeres. Es muy importante estudiar, pues, la ley electoral de cada período para comprobar quiénes, realmente, tenían derecho al sufragio, y a ser elegidos.
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