miércoles, 25 de agosto de 2010

Dos conceptos de República

República es un concepto jurídico y político. Procede del latín "res publica", opuesto a la "res privata". La primera alude a la comunidad política, es decir, a la "cosa pública". Así es un término genérico: el bien común. En el mundo anglosajón su equivalente sería la commonwealth. Pero, también designaria la forma de gobierno contrapuesta a la monarquía. En la primera la jefatura del estado es elegida, ya sea de forma directa como en Francia y, más o menos en Estados Unidos (en realidad, se elige un colegio electoral que elige al presidente), o de forma indirecta como en Alemania o en Italia, por poner dos ejemplos cercanos.

Así pues, también en una Monarquía tenemos República, entendida como el bien común o la comunidad política, aunque no como forma de gobierno.

Esta introducción sobre el término pretende enmarcar la discusión sobre si conviene en este momento discutir sobre un cambio de forma de gobierno, si obedece a un clamor popular o no, y si en la situación actual es importante o no tener una forma de gobierno u otra, así cómo, en caso, de cambiar, qué beneficios traería a España o qué perjuicios.

1 comentario: