jueves, 4 de febrero de 2010

Ley de la ciudadanía del Reich

La Ley de la ciudadanía del Reich de 15 de septiembre de 1935, dentro del grupo de las conocidas como Leyes de Nüremberg, expresaba lo siguiente:
I. 1. Un súbdito del Estado es una persona que pertenece a la Unión Protectora del Reich alemán, y que por lo tanto, tiene obligaciones particulares hacia el Reich.
2. La condición de súbdito es adquirida según las normas de la ley de ciudadanía del Reich y del Estado.
II. 1. Un ciudadano del Reich es sólo aquel súbdito que es de sangre alemana o afín y que, mediante su conducta, demuestra que tiene tanto el deseo como la capacidad de servir al pueblo alemán y al Reich con lealtad.
2. El derecho a la ciudadanía es adquirido mediante la concesión de los documentos de ciudadanía del Reich.
3. Sólo el ciudadano del Reich disfruta de plenos derechos políticos de acuerdo con la provisión de las leyes.
III. El ministro del Interior del Reich en colaboración con el representante del Fúhrer emitirá los decretos legales y administrativos necesarios para el cumplimiento y la ampliación de la ley.
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Como observamos, a partir de la promulgación de esta ley, sólamente eran alemanes los que tuvieran sangre alemana o afín, además de por su conducta. En otro artículo insertaremos el texto de la Ley para la protección de la sangre y el honor alemanes de la misma fecha.

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