La Revolución Liberal generó la sociedad de clases frente a la sociedad estamental del Antiguo Régimen. Las leyes del mercado se imponen y se provoca una intensa movilidad social. Estos cambios generaron una gran inestabilidad en amplios sectores que carecían de medios por salarios insuficientes o por no tenerlos. Esta era la situación cuando comenzó a generarse la necesidad de los derechos sociales.
Los derechos sociales en el nuevo sistema capitalista tienen un carácter supletorio, asistencial hacia los miembros de la sociedad que no han podido satisfacer`por sus propios las necesidades primordiales de la vida. Los primeros derechos sociales aparecen en la Constitución francesa de 1848, fruto de la Revolución de dicho año. Es la primera vez que aparecen los derechos a la educación, la asistencia social y hasta el derecho al trabajo.
Poco a poco, el Estado va a ir adquiriendo un mayor protagonismo con un creciente intervencionismo social. En una primera etapa se centrará en la asistencia social para en una segunda llegar a introducir el derecho a participar en la gestión económica. La Constitución de Weimar se convierte en el principal texto constitucional de referencia en lo concerniente a los derechos sociales: existencia digna, obligaciones sociales de la propiedad, vivienda, protección de la mano de obra, o seguros sociales. La Constitución de la II República Española establece la posibilidad de socializar la propiedad, introduce la legislación social y una serie de derechos relacionados con servicios públicos.
Tras la II Guerra Mundial las nuevas Constituciones incluirán los derechos sociales: al trabajo, a la participación en la gestión de las empresas, la asistencia social y la educación.
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